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¡lucha contra la síntesis ilegal de ia! la administración del ciberespacio de china publicó las "medidas para etiquetar contenido sintético generado por inteligencia artificial (borrador para comentarios)"

2024-09-14

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con el fin de estandarizar la identificación de contenidos sintéticos generados por inteligencia artificial, salvaguardar la seguridad nacional y los intereses públicos sociales, y proteger los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones, de conformidad con la "ley de ciberseguridad de la república popular china" , "regulaciones de gestión de recomendaciones de algoritmos de servicios de información de internet", "regulaciones de internet sobre la gestión de síntesis profunda de servicios de información", "medidas provisionales para la gestión de servicios de inteligencia artificial generativa" y otras leyes y regulaciones, la administración del ciberespacio de china ha redactó las "medidas para el etiquetado de contenidos generados por inteligencia artificial (borrador para comentarios)", que ahora está abierto al público para comentarios. el público puede proporcionar comentarios a través de los siguientes canales y métodos:

1.enviar por correo electrónico a: [email protected].

2. envíe sus opiniones por carta a: oficina de tecnología de gestión de redes de la oficina estatal de información de internet, calle chegongzhuang no. 11, distrito xicheng, beijing, código postal 100044, e indique en el sobre "solicitud de opiniones sobre el método para etiquetar contenido sintético". generado por inteligencia artificial."

la fecha límite para recibir comentarios es el 14 de octubre de 2024.

adjunto: métodos para etiquetar contenido sintético generado por inteligencia artificial (borrador para comentarios)

oficina estatal de información de internet

14 de septiembre de 2024

método de identificación de contenido sintético generado por inteligencia artificial.

(borrador para comentarios)

artículo 1 con el fin de promover el sano desarrollo de la inteligencia artificial, estandarizar la identificación de contenidos sintéticos generados por inteligencia artificial, proteger los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones, y salvaguardar los intereses sociales y públicos, de acuerdo con el "ley de ciberseguridad de la república popular china", "reglamento de gestión de recomendaciones de algoritmos de servicios de información de internet", "reglamento de gestión de síntesis profunda de servicios de información de internet", "medidas provisionales para la gestión de servicios de inteligencia artificial generativa" y otras leyes, reglamentos administrativos y normas departamentales, se formulan estas medidas.

artículo 2 proveedores de servicios de información de red (en adelante, "proveedores de servicios") que cumplan con las disposiciones del "reglamento de gestión de recomendación de algoritmos de servicios de información de internet", el "reglamento de gestión de síntesis profunda de servicios de información de internet" y las "medidas provisionales para la gestión". de servicios de inteligencia artificial generativa") si se utiliza inteligencia artificial para generar etiquetas de contenido sintético, se aplicarán estas medidas.

si organizaciones industriales, empresas, instituciones educativas y de investigación científica, instituciones culturales públicas, instituciones profesionales relevantes, etc. desarrollan y aplican tecnología de generación y síntesis de inteligencia artificial pero no brindan servicios al público nacional, las disposiciones de estas medidas no se aplicarán.

artículo 3 el contenido sintético generado por inteligencia artificial se refiere a texto, imágenes, audio, video y otra información producida, generada y sintetizada utilizando tecnología de inteligencia artificial.

la identificación de contenido sintético generada por inteligencia artificial incluye identificación explícita e identificación implícita.

los logotipos explícitos se refieren a logotipos agregados en el contenido sintético generado o en la interfaz de escena interactiva, presentados en texto, sonido, gráficos, etc., y que los usuarios pueden percibir claramente.

los identificadores implícitos se refieren a identificadores que se agregan a los datos del archivo de contenido sintético generado mediante medidas técnicas y que los usuarios no perciben fácilmente.

artículo 4 si el servicio de síntesis generado proporcionado por el proveedor de servicios se encuentra en las circunstancias del artículo 17, párrafo 1 del "reglamento administrativo sobre síntesis en profundidad de los servicios de información de internet", el contenido sintético generado se identificará explícitamente de conformidad con el siguientes requisitos.

(1) agregar indicaciones de texto o indicaciones de símbolos generales y otros signos en posiciones apropiadas al principio, al final y en la mitad del texto, o agregar señales de indicaciones destacadas en la interfaz de la escena interactiva o alrededor del texto;

(2) agregar indicaciones de voz o indicaciones de ritmo de audio y otras señales en posiciones apropiadas al principio, al final o en la mitad del audio, o agregar señales de indicación destacadas en la interfaz de escena interactiva;

(3) agregue una marca recordatoria destacada en un lugar apropiado de la imagen;

(4) agregue indicaciones destacadas a la pantalla de inicio del video y ubicaciones apropiadas alrededor de la reproducción del video. se pueden agregar indicaciones obvias al final y a la mitad del video en las ubicaciones apropiadas.

(5) al presentar una escena virtual, se debe agregar un letrero de aviso visible en una posición apropiada en la pantalla de inicio, y se puede agregar un letrero de aviso visible en una posición apropiada durante el servicio continuo de la escena virtual;

(6) otros escenarios de servicios sintéticos generados deberían agregar una identificación explícita con un efecto de activación significativo de acuerdo con sus propias características de aplicación.

cuando los proveedores de servicios ofrecen formas de generar contenido sintético para descargar, copiar y exportar, deben asegurarse de que los archivos contengan una identificación explícita que cumpla con los requisitos.

artículo 5 los proveedores de servicios deberán, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del "reglamento para la gestión de la síntesis profunda de los servicios de información de internet", agregar identificación implícita a los metadatos del archivo que genera el contenido sintético. la identificación implícita incluye información de atributos del generado. contenido sintético, prestación de servicios nombre o código del autor, número del contenido y otra información del elemento de producción.

se alienta a los proveedores de servicios a agregar identificación implícita en forma de marcas de agua digitales al generar contenido sintético.

los metadatos del archivo se refieren a información descriptiva incrustada en el encabezado del archivo de acuerdo con un formato de codificación específico, que se utiliza para registrar el origen, los atributos, el uso, los derechos de autor y otra información del archivo.

artículo 6 los proveedores de servicios que proporcionen servicios de plataforma de difusión de contenidos de información en línea tomarán medidas para estandarizar las actividades de difusión de la generación de contenidos sintéticos.

(1) se debe verificar si los metadatos del archivo contienen identificadores implícitos, si hay identificadores implícitos, se deben utilizar métodos apropiados para agregar símbolos recordatorios destacados alrededor del contenido publicado para recordar claramente a los usuarios que el contenido es contenido sintético generado.

(2) si la identificación implícita no se verifica en los metadatos del archivo, pero el usuario declara que el contenido es contenido sintético generado, se deben utilizar métodos apropiados para agregar una marca de advertencia prominente alrededor del contenido publicado para recordarle al usuario que el contenido puede se generará contenido sintético;

(3) si la identificación implícita no se verifica en los metadatos del archivo, y el usuario no declara que se genera contenido sintético, pero el proveedor de servicios que proporciona servicios de plataforma de difusión de contenido de información en red detecta una identificación explícita u otros rastros de síntesis generada, puede identificarse como si se sospecha que el contenido es sintético, se deben adoptar medios apropiados para agregar una marca de advertencia prominente alrededor del contenido publicado para recordar a los usuarios que se sospecha que el contenido es sintético;

(4) en los casos en que se genere contenido sintético, sea posible o se sospeche que se haya generado, la información de atributos del contenido sintético generado, el nombre o código de la plataforma de comunicación, el número de contenido y otra información del elemento de comunicación deben agregarse a los metadatos del archivo;

(5) proporcionar las funciones de identificación necesarias y recordar a los usuarios que declaren de forma proactiva si el contenido publicado contiene contenido sintético generado.

artículo 7 las plataformas de distribución de aplicaciones de internet verificarán si el proveedor de servicios proporciona la función de generar identificación de contenido sintético como se requiere cuando la solicitud se coloca en los estantes o se revisa en línea.

artículo 8 el proveedor de servicios deberá indicar claramente en el acuerdo de servicio de usuario los métodos, estilos y otros contenidos normativos para generar marcas de contenido sintético, y solicitará a los usuarios que lean atentamente y comprendan los requisitos de gestión de marcas pertinentes.

artículo 9 si el usuario necesita que el proveedor de servicios proporcione contenido sintético generado sin identificación explícita, el usuario puede proporcionar contenido sintético generado sin identificación explícita después de aclarar las obligaciones de identificación del usuario y las responsabilidades de uso a través del acuerdo de usuario, y conservar los registros relevantes al menos. seis meses.

artículo 10 cuando los usuarios cargan contenido sintético a un proveedor de servicios que proporciona servicios de plataforma de difusión de contenido de información en red, deben declarar y utilizar proactivamente la función de identificación proporcionada por la plataforma para su identificación.

ninguna organización o individuo podrá eliminar, alterar, falsificar u ocultar maliciosamente las etiquetas de contenido sintético generado estipuladas en estas medidas, no proporcionará herramientas o servicios para que otros lleven a cabo los actos maliciosos anteriores y no dañará los derechos e intereses legítimos. de otros mediante medios de etiquetado inadecuados.

artículo 11 los proveedores de servicios marcarán de conformidad con los requisitos de las normas nacionales obligatorias pertinentes.

artículo 12 al realizar procedimientos como el archivo de algoritmos y la evaluación de seguridad, los proveedores de servicios deberán proporcionar materiales relevantes para generar etiquetas de contenido sintético de acuerdo con estas medidas y fortalecer el intercambio de información de etiquetas para brindar apoyo y asistencia para prevenir y tomar medidas enérgicas contra las actividades ilegales relevantes. y actividades criminales.

artículo 13 cualquiera que viole las disposiciones de estas medidas y no etiquete el contenido sintético generado, causando graves consecuencias, será sancionado por las autoridades competentes pertinentes, como la oficina de información e información de internet, de conformidad con las disposiciones de las leyes, reglamentos administrativos y reglamentos pertinentes. y normas departamentales.

artículo 14 estas medidas entrarán en vigor el 1 de enero de 2024.

(fuente: netcom china)

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